Fuente:
Schmitz Vaccaro, Christian. (2009). Propiedad Intelectual, dominio público y equilibrio de intereses. Revista chilena de derecho, 36(2), 343-367. https://dx.doi.org/10.4067/S0718-34372009000200006
En Chile, la Ley 17.336 de Propiedad Intelectual enumera en su artículo 11, las obras que se consideran pertenecientes al "patrimonio cultural común".
Pertenecen al patrimonio cultural común:
Las obras del patrimonio cultural común podrán ser utilizadas por cualquiera, siempre que se respete la paternidad y la integridad de la obra. (LEY 19166 Art. 1º Nº 2, D.O. 17.09.1992)
Fuentes
Ley No. 17336 art. 11, Propiedad intelectual, Agosto, 28, 1970, Diario Oficial [D.O.] (Chile).